DeCA digital obligatorio desde el 5 de octubre de 2026
La digitalización ya está en vigor: cuando el documento de control administrativo resulte exigible para una operación de transporte público de mercancías por carretera, debe ser necesariamente digital.
El documento de control administrativo exigible para la realización de transporte público de mercancías por carretera debe ser necesariamente digital.
La Ley 9/2025, de Movilidad Sostenible, estableció la digitalización a los diez meses de su entrada en vigor. La documentación oficial publicada por el Ministerio sitúa esa fecha en el 5 de octubre de 2026.
¿Significa que todos los transportes necesitan DeCA?
No. La obligación digital se refiere al documento de control cuando resulte exigible. La Orden FOM/2861/2012 contempla exenciones y también permite que determinada carta de porte u otra documentación acreditativa sirva como documento de control si contiene todos los datos esenciales exigidos.
Qué exige el formato electrónico
La Resolución de 5 de junio de 2026 desarrolla las características técnicas: generación nativa digital, PDF, QR con URL única, descarga directa por HTTPS, registro de fecha y hora, conservación y reglas de modificación durante el servicio.
Consulta quién está obligado y qué exenciones existen, los datos obligatorios del DeCA y cómo funciona PORTELYX como software DeCA.
Fuentes: Ley 9/2025, Orden FOM/2861/2012 y Resolución de 5 de junio de 2026.
Prueba PORTELYX
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