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DeCA digital obligatorio desde el 5 de octubre de 2026

La digitalización ya está en vigor: cuando el documento de control administrativo resulte exigible para una operación de transporte público de mercancías por carretera, debe ser necesariamente digital.

Desde el 5 de octubre de 2026

El documento de control administrativo exigible para la realización de transporte público de mercancías por carretera debe ser necesariamente digital.

La Ley 9/2025, de Movilidad Sostenible, estableció la digitalización a los diez meses de su entrada en vigor. La documentación oficial publicada por el Ministerio sitúa esa fecha en el 5 de octubre de 2026.

¿Significa que todos los transportes necesitan DeCA?

No. La obligación digital se refiere al documento de control cuando resulte exigible. La Orden FOM/2861/2012 contempla exenciones y también permite que determinada carta de porte u otra documentación acreditativa sirva como documento de control si contiene todos los datos esenciales exigidos.

Qué exige el formato electrónico

La Resolución de 5 de junio de 2026 desarrolla las características técnicas: generación nativa digital, PDF, QR con URL única, descarga directa por HTTPS, registro de fecha y hora, conservación y reglas de modificación durante el servicio.

Consulta quién está obligado y qué exenciones existen, los datos obligatorios del DeCA y cómo funciona PORTELYX como software DeCA.

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